Acceso y admisión
NOTA:
Para la mención dual solamente se ofertan 10 plazas, por tanto, la coordinación del máster en la Escuela y en Veolia, una vez iniciado el máster, realizará una selección de los/as estudiantes interesados/as en la mención, de acuerdo con el rendimiento académico del primer cuatrimestre y su motivación.
Requisitos específicos de acceso
Los requisitos específicos de acceso son los siguientes:
- Titulación universitaria
Las titulaciones que dan acceso al Máster en Ingeniería del Agua son los siguientes:
- Grado en Ingeniería o Arquitectura en los ámbitos Civil, Industrial, Químico, Ambiental, Forestal, Minero, Físico, Biológico o Agronómico
- Grado en Ciencias Ambientales, Químicas, Físicas, Biológicas o Geológicas
- Ingeniería Superior o Arquitectura en los ámbitos Civil, Industrial, Químico, Ambiental, Forestal, Minero, Físico, Biológico o Agronómico
- Ingeniería Técnica o Diplomatura en Ciencias Ambientales, Químicas, Físicas, Biológicas o Geológicas
- Licenciatura en Ciencias Ambientales, Químicas, Físicas, Biológicas o Geológicas
- Otras titulaciones
Cuando la solicitud de acceso se realiza desde una titulación diferente a las listadas anteriormente, el órgano responsable del máster analizará los expedientes de las personas candidatas con la finalidad de determinar, para cada caso, los complementos formativos a cursar.
Estudiantado pendiente de obtener el título que da acceso al máster
El estudiantado de grado de la UPC que, a pesar de no haber obtenido el título de grado, tengan pendiente el TFG y, como máximo, hasta 9 ECTS (incluidos los créditos pendientes de reconocimiento o transferencia) o bien que haya finalizado los estudios pero esté pendiente de conseguir, si cabe, la competencia transversal en una tercera lengua. En ningún caso los/as estudiantes que accedan por esta vía podrán obtener el título de máster si previamente no han obtenido el título de grado.
Las personas candidatas de otras universidades que estén matriculadas de todos los créditos para finalizar los estudios que dan acceso al máster pueden solicitar su acceso. La aceptación de su solicitud estará condicionada al cumplimiento de los requisitos generales y específicos de acceso y de admisión en el momento de formalizar la matrícula.
Encontraréis toda la información sobre los requisitos generales de acceso a los estudios de máster de la UPC aquí.
Criterios de admisión
Para la admisión al Máster en Ingeniería del Agua se valoran los siguientes factores o parámetros:
- F1: Ponderación del expediente académico (ponderación 40%)
La ponderación del expediente se hace de acuerdo con lo que establece el apartado Ponderación de los expedientes académicos de la Normativa Académica de Másteres Universitarios de la UPC. - F2: Valoración del currículum (ponderación 50%)
- F3: Formación complementaria previa acreditada (ponderación 10%)
Se tendrá en cuenta la relación entre la formación previa y las competencias académicas y profesionales establecidas por el máster.
Encontraréis los resultados de la evaluación y selección de las solicitudes de admisión aquí.
Mención dual
A partir del dia 4 de diciembre y hasta el día 11 de diciembre las personas interesadas en cursar la mención dual deberán manifestar su interés enviando un correo a la dirección institucional adjuntando su CV y una carta de motivación (máximo de 500 palabras).
Una vez revisada la documentación aportada se convocará a las personas interesadas a una entrevista con la comisión de selección constituida por la dirección del máster en ingeniería del agua y representantes de Veolia.
La selección de estudiantes que entrarán en la mención dual se basará en la siguiente ponderación:
- 20% CV: se valorará, principalmente, la nota media ponderada del grado de acceso al máster
- 20% Carta de motivación
- 30% Expediente Q1: se considerará la nota media ponderada de las asignaturas del primer cuatrimestre
- 30% Entrevista
La información referente al contrato de formación en alternancia se puede consultar en profundidad en el BOE 291, en su resolución con fecha 22 de noviembre de 2022, en el artícule 29 sobre las modalidades de contratación y en particular en su punto 3.3.2 referente al contrato de formación en alternancia.
Duración del contrato
El contrato de formación en alternançia no es un contrato en prácticas. Con la nueva reforma laboral el contrato de formación en alternancia es mínimo de 3 meses y máximo de 2 años.
La formación en alternancia se podrá desarrollar al amparo de un solo contrato de forma no continuada, a lo largo de diversos períodos anuals coincidentes con los estudios. En caso que el contrato se haya concertado por una duración inferior a la máxima legal establecida y no se haya obtenido el título, el certificado, la acreditación o el diploma asociado al contrato formativo, se puede prorrogar mediante un acuerdo de las partes, hasta la obtención del títulol mencionado, certificado, acreditación o diploma sin superar nunca la duración máxima de dos años.
Carga de trabajo
El tiempo de trabajo efectivo, que deberá ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas en el centro de formación, no podrá ser superior al 65 por ciento, durante el primer año, o al 85 por ciento, durante el segundo, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación a la empresa, o, si no, de la jornada máxima legal.
Retribución
La retribución será la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicación para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones ejercidas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso la retribución puede ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Pre-inscripción y matrícula
Consulta aquí toda la información sobre la preinscripción: calendario, cómo realizar la solicitud de admisión, cómo reservar la plaza si la resolución es favorable, etc.
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