Información para la empresa
Ventajas
- Disponer de personal en formación avanzada en las distintas áreas tecnológicas.
- Permite conocer en profundidad y en condiciones reales de trabajo, candidatos a incorporarse a la empresa.
- No se establece ninguna relación contractual entre la empresa y el estudiante, puesto que la naturaleza del convenio es académica y no laboral, de acuerdo con el artículo 2.3 del Real decreto 592/2014.
- Computa como un gasto más de personal.
- La relación se establece por convenio que firman la empresa, el estudiante y la universidad. En cualquier momento se puede rescindir y/o ampliar el convenio
Modalidades de prácticas
CURRICULARES
Se configuran como actividades académicas integrantes en los planes de estudios. Tendrán la misma consideración que cualquier otra asignatura del plan de estudios y podrán ser obligatorias u optativas. Esto supone que se matriculan, se evalúan a la finalización por el PortalCamins(abre en ventana nueva) y se califican.
EXTRACURRICULARES
El estudiante puede realizar, con carácter voluntario, prácticas extracurriculares a lo largo de sus estudios. A diferencia de las curriculares, no forman parte del plan de estudios ni del expediente académico. Sin embargo, se incorporan al Suplemento Europeo al Título (SET).
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La empresa abonará directamente al estudiante la remuneración acordada en el convenio.
El importe a percibir por los estudiantes no podrá ser en ningún caso inferior a:
> 7 €/hora brutos para estudiantes de grado
> 9 €/hora brutos para estudiantes de máster
Para el estudiante son un ingreso acaecido de su trabajo para terceros y por tanto, sujeto a las retenciones que dispone el Reglamento sobre el Impuesto de Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta retención que debe practicar la empresa, es como mínimo de un 2% dado que a efectos fiscales las Prácticas Académicas Externas se equiparan a relaciones de duración inferior a un año. La empresa tendrá que entregar el correspondiente certificado de retenciones al estudiante.
En concepto de gastos de gestión, la UPC factura directamente a la entidad el 15,70% sobre el importe total de la bolsa o ayuda al estudio que la entidad satisface al estudiante. Sobre ese importe se aplica el IVA (21%).
En caso de que las entidades mantengan deudas correspondientes a estos gastos de gestión con la UPC, la escuela se reservará el derecho a realizar nuevos convenios y/o publicar ofertas de trabajo con estas empresas.
En la modalidad curricular, la bonificación de la cuota de la Seguridad Social será del 100%. En la modalidad extracurricular, la cuota de la Seguridad Social no queda bonificada.
Registro de empresa
Si la empresa no está dada de alta en l´Escola de Camins, antes deberá REGISTRARSE