Objetivos y normativas
Objetivos
Las prácticas de los/as estudiantes universitarios constituyen una actividad formativa bajo la supervisión de la Escuela de Caminos, cuyo objetivo es aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le/la preparen para el ejercicio de actividades profesionales y facilitar su ocupabilidad y capacidad emprendedora.
La finalidad de las prácticas es:
- Contribuir a la formación integral de estudiantes, complementando las enseñanzas teóricas y prácticas.
- Facilitar el conocimiento y la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional del ingeniero/a en que los/as estudiantes deberán actuar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos.
- Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
- Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo.
Reglamento estatal
- Real Decreto 592/2014, de 11 de julio de 2014, por el que se regulan las prácticas académicas externas de estudiantes universitarios
- Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación.
- Real Decreto-ley 8/2014, de 4 julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. En la disposición adicional vigésimo quinta, se trata la bonificación en la cotización en la Seguridad Social por prácticas curriculares externas de estudiantes universitarios.
Normativa de la UPC
Normativa de la Escuela de Caminos
- Las condiciones de participación y requisitos queden regulados en las normativas académicas propias de cada titulación.
- Acuerdo núm. CP 06.04.5 de la Comisión Permanente de la Escuela de Caminos que aprueba la remuneración mínima a percibir.
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